Trabajo tiene como retos para 2025 la rebaja de la jornada laboral a 37,5 horas semanales y la reforma del despido

El 2025 se presenta como un año crucial para el mercado laboral, con la rebaja, por ley, de la jornada laboral hasta las 37,5 horas semanales en el horizonte y la más que probable apertura de negociaciones entre el Gobierno y los agentes sociales para reformar los costes del despido, una materia en la que se presumen nuevos choques entre Trabajo y las organizaciones empresariales.

Si el Ejecutivo consigue concitar los apoyos necesarios para su aprobación en el Congreso, el 31 de diciembre de 2025, al borde ya de 2026, la jornada laboral semanal quedará fijada para todos los trabajadores en 37,5 horas sin pérdida salarial, frente a las 40 horas actuales, una medida que, según cálculos de Trabajo, beneficiará a más de 12 millones de asalariados.

Pese al acuerdo entre Trabajo y CCOO y UGT para rebajar la jornada a las 37,5 horas, con la CEOE y Cepyme en contra, el Gobierno buscará garantizarse los apoyos suficientes para sacar adelante esta medida en la Cámara Baja.

Los sindicatos han tratado de buscar el respaldo del PNV y de Junts (Pepe Álvarez incluso viajó a Waterloo para entrevistarse con Carles Puigdemont), pero prefieren que esta medida cuente con el apoyo patronal, lo que no parece posible por ahora.

Así las cosas, si las negociaciones con los grupos parlamentarios llegan a buen puerto, 2025 será el año en el que se verá aprobada una nueva rebaja de la jornada laboral tras 40 años intacta.

Es más que probable que durante la tramitación parlamentaria de la norma y con el fin de ganar apoyos, se produzcan algunas modificaciones dirigidas a ayudar a las empresas a transitar hacia las 37,5 horas semanales.

Trabajo ofreció ya algunas ayudas durante la negociación con los agentes sociales, pero finalmente no se incluyeron en el acuerdo con los sindicatos al no conseguir que éste fuera respaldado por las empresas.

De acuerdo con el borrador del anteproyecto de ley acordado con los sindicatos, al que tuvo acceso Europa Press, los convenios colectivos que a la entrada en vigor de la norma tengan más de 37,5 horas semanales de jornada de promedio anual tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a la jornada máxima de 37,5 horas.

Los contratos a tiempo parcial con una duración igual o superior a las 37,5 horas semanales de promedio "se convertirán automáticamente en contratos de trabajo a tiempo completo" a partir de la aplicación de la nueva jornada legal.

En caso de tener contratos con una duración inferior a las 37,5 horas, los trabajadores a tiempo parcial, así como los trabajadores con jornada reducida, tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de la norma.

El Gobierno multará con hasta 10.000 euros por trabajador a las empresas que incumplan con el registro horario y la reducción de la jornada semanal máxima de 37,5 horas. Se multará a las empresas por cada trabajador con el que se incumplan las normas y no de manera global a la empresa, como hasta ahora.

El texto establece que la empresa mantendrá un registro diario de jornada digital que garantice el cumplimiento de la norma, que deberá ser además accesible de forma remota para la Inspección y para los representantes sindicales.

La norma refuerza además el derecho a la desconexión digital de los trabajadores fuera de su jornada laboral, configurándose como un derecho "irrenunciable" del trabajador.

REFORMA DEL DESPIDO

Además de a la reducción de jornada, Yolanda Díaz también se ha comprometido a reformar el despido para que se adapte a la Carta Social Europea, es decir: que sea disuasorio para la empresa y que no se puede despedir sin causa al empleado.

Y es que Bruselas no es partidaria de fijar indemnizaciones por despido improcedente en días por año trabajado como sucede en España. En contraste, el despido tiene que ser correspondido con el daño causado al empleado y "disuasorio" cuando no sea procedente.

De hecho, tras una denuncia de UGT, el Comité Europeo de Derechos Sociales falló el pasado mes de julio contra la regulación española de las indemnizaciones por despido improcedente, al entender que "viola" el artículo 24 de la Carta Social Europea ratificada por España.

Dicho artículo contempla el derecho de todos los trabajadores a no ser despedidos sin razones válidas, así como el derecho de los trabajadores despedidos sin causa a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada.

La ministra de Trabajo ya ha confirmado en varias ocasiones que reformará el despido en España para cumplir con la doctrina europea con el objetivo de que éste "no sea rentable" para las empresas y que la indemnización, en caso de despido injustificado, repare "adecuadamente" el daño causado al trabajador, para lo que se tendrán en cuenta sus circunstancias personales.

Díaz entiende que este debate no va sobre si la indemnización del despido improcedente debe ser de 45 ó de 33 días por año trabajado, sino de que el diseño del despido en España no cumple con la legislación europea.

"Uno de los problemas que tiene la legislación española es que (el despido) no tiene carácter disuasorio ni resarcidor, entre otras cosas porque el hecho de tener una indemnización prefijada de antemano no es acorde al Derecho. No es un problema de 33, de 40 ó de 45 días, es que el sentido de la lógica indemnizatoria que dice Europa es otro".

Para adaptar la regulación a la normativa comunitaria, Díaz tiene intención de introducir un mecanismo para que la indemnización en un despido improcedente y, por tanto, no justificado, atienda a las circunstancias personales del trabajador despedido de manera individualizada.

Además, Díaz quiere reforzar las causas del despido objetivo, el que permite despedir a las empresas por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción con 20 días de salario por año trabajado.

La normativa laboral actual permite efectuar un despido por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas.

"Todo lo que va vinculado a las causas, a los despidos objetivos, es necesario que reforcemos las causas. En las económicas se puede despedir sencillamente si una empresa no alcanza los niveles de beneficios que había previsto. No es que tenga pérdidas, sino lo que había previsto. Bueno, pues algunas cosas tendremos que cambiar", ha apuntado en alguna ocasión respecto a la posibilidad de despedir por previsión de pérdidas.

Así las cosas, se prevé que la reforma del despido sea uno de los temas a abordar en 2025 en el marco del diálogo social, un tema complejo de negociar que en el pasado ya generó tensiones entre empresarios y sindicatos y que podría generarlas también dentro del propio Gobierno, como ha ocurrido a cuenta de la reducción de jornada entre Trabajo y Economía.

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