Palangreros gallegos alertan de "desaparición" del sector por el veto al arrastre: "Hoy perdemos todos"

El gerente de la Organización de Productores Pesqueros del Puerto de Burela (Lugo), Sergio López, ha alertado del "golpe importante" para los palangreros gallegos por la "injusta" decisión del Tribunal General de la UE --en primera instancia del TJUE-- de desestimar este miércoles los recursos interpuestos por esta entidad y el Estado español contra el veto a la pesca de arrastre en zonas marinas protegidas adoptado por la Comisión Europea. Advierte de que pone en juego la "viabilidad" del sector y aboca a su "desaparición".

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"El sector pesquero, a este ritmo, va a desaparecer a nivel de Europa a corto plazo", lamenta Sergio López en declaraciones a Europa Press tras conocerse la decisión de la justicia europea.

La OPP del Puerto de Burela y España, a través del Ministerio de Pesca, presentaron recursos contra el Reglamento 2022/1614, aprobado por la Comisión Europea en septiembre de 2022 y vigente desde el 9 de octubre de 2022, que prohíbe la pesca de fondo en 87 áreas entre Irlanda y el sur de España.

"Hoy perdemos todos, palangreros y todo el sector pesquero europeo", ha resumido el responsable de la Organización de Productores Pesqueros del Puerto de Burela.

Así, se queja de la "ilógica" decisión del Tribunal General de la UE. "No es la que esperábamos", resalta sobre la decisión de desechar sus recursos, que contenían "argumentos claros" sobre unos efectos "desproporcionados" de un reglamento en el que echa en falta consulta pública, datos científicos por cada arte y análisis del impacto socioeconómico.

Relata que había "un montón de organizaciones" esperando por este fallo para poner "freno" a la Comisión Europea tras un procedimiento "muy dificultoso", ya que lo decidido "no es bueno" para el sector.

LLAMAMIENTO A LAS ADMINISTRACIONES

En esta línea, López defiende que el palangre es el sector "más selectivo" y sin impacto en los fondos marinos, de modo que augura un mayor impacto con este reglamento para el palangre que para el arrastre por las zonas donde se prohíbe. "Matan moscas a cañonazos", reprocha.

Denuncia la "desproporción" de una medida que afecta 16.500 kilómetros, de los que el 32% "eran zonas a proteger", pero "el 68% era simplemente por utilizar" un modelo de arrastre.

Por todo ello, hace "un llamamiento a las administraciones" a trabajar de forma conjunta y de la mano del sector en busca de soluciones de futuro.

SENTENCIA

La sentencia subraya que la designación de una zona marina vulnerable se basa en la presencia verificada o posible de especies protegidas para garantizar su protección frente a los "significativos efectos adversos de las artes de fondo en general".

El Tribunal también señala que no se ha demostrado que la Comisión excediese su margen de apreciación al utilizar una determinada metodología para establecer esas zonas propuesta en el dictamen pertinente del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM).

Al respecto, precisa que no se ha demostrado que la metodología seguida no fuera adecuada, que no pudiera contribuir al objetivo de protección perseguido ni que otra metodología hubiese resultado más eficaz para la delimitación de estas zonas.

El Tribunal General también ha desestimado las alegaciones relativas a la ilegalidad del acto legislativo que preveía la adopción del reglamento impugnado, ya que considera que este no atribuyó ilícitamente poderes a la Comisión para completar elementos esenciales de los regímenes de protección a través de un acto de ejecución y que no infringió las normas de la política pesquera común ni vulneró el principio de proporcionalidad.

El fallo recuerda, además, que la prohibición sólo se aplica a la pesca con artes de fondo a una profundidad superior o igual a 400 metros y matiza que España y los pescadores demandantes no han demostrado que el arrastre no suponga un riesgo para los ecosistemas marinos vulnerables.

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