El Gobierno prohíbe por ley servir bebidas azucaradas y bollería en los comedores escolares

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros el real decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, por el que prohíbe servir bebidas azucaradas y bollería en los comedores escolares.

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"Es una norma que va a impulsar el consumo diario de frutas y verduras frescas, de legumbres, de pescado, de carne de calidad, a la vez que limita los alimentos ultraprocesados, los preparados precocinados o el exceso de frituras, y elimina las bebidas azucaradas, las bebidas energéticas o la bollería industrial de las máquinas dispensadoras y de las cafeterías de los centros educativos", ha explicado el ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Todo ello, según ha precisado, independientemente "del nivel de renta y del código postal" en el que hayan nacido estos menores, y con el objetivo de garantizar una alimentación saludable y de reducir las desigualdades en salud.

"De lo que se trata es de lograr una alimentación mucho más nutritiva y variada para nuestros menores", ha remarcado la ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría.

El texto ha sido elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 con cuatro ministerios más como coproponentes (Educación, Formación Profesional y Deportes; Agricultura, Pesca y Alimentación; Sanidad; y Juventud e Infancia).

Según ha destacado Bustinduy, esta nueva normativa va a garantizar que se sirvan cinco comidas saludables a la semana en todos los centros escolares, públicos, concertados y privados que imparten educación infantil (2º ciclo), educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato o ciclos de formación profesional de grado básico o medio.

El real decreto indica que todos los centros escolares con comedor deben garantizar a los estudiantes un consumo diario de fruta y verdura fresca, especificando que al menos el 45% de la fruta y hortalizas sean de temporada, para fomentar modelos de comedores más "saludables" y más "sostenibles", y reforzar la "producción local".

Además, ha asegurado que supondrá un beneficio a los agricultores y ganaderos españoles. "Se trata de apostar por un modelo más justo, que cuide no solo los derechos de la infancia, sino también el medio ambiente y los sectores estratégicos de nuestra economía", ha insistido.

Desde el Ministerio han explicado que ya se han probado los beneficios de esta propuesta en experiencias que ya están en marcha como 'Ecocomedores' en Islas Canarias o el proyecto 'Horta Cuina', en la Comunidad Valenciana. En esta línea, la norma indica que al menos dos platos al mes o el 5% del gasto se destine a la producción ecológica.

La norma también fija unas raciones semanales de pescados, legumbres y cereales integrales en los comedores, en base a las recomendaciones de organismos científicos y sanitarios como la AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición) o la OMS (Organización Mundial de la Salud).

EL PESCADO DEBERÁ SERVIRSE ENTRE UNA Y TRES VECES A LA SEMANA

Con esta base, la norma establece servir entre 1 y 3 raciones de pescado a la semana, una frecuencia que supondrá un incremento del consumo de pescado a nivel nacional pues, según estimaciones de Consumo, hay 1.200 comedores escolares en España en los que nunca se sirve pescado (partiendo de datos del informe de resultados del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria 2021-2025).

En cuanto a las legumbres, en la actualidad, según datos ofrecidos por las comunidades autónomas, hasta el 14% de los centros escolares incumplía la recomendación de servir este alimento al menos una vez a la semana. En el caso de los cereales, el real decreto estipula que semanalmente se ofrezca al menos una ración de arroz o pasta integral, además de varias de pan integral.

Tampoco se va a permitir servir bebidas azucaradas en las comidas de los centros escolares, ni venderlas en las máquinas vending o en las cafeterías de estos centros. Además, se eliminan las bebidas energéticas y alimentos azucarados (bollería industrial) de máquinas vending y cafeterías. En concreto, no se podrán vender productos que superen un contenido máximo de 5 gramos de azúcares por porción envasada y que incumplan los criterios recomendados por organismos como la OMS.

Así, el valor energético por porción envasada no debe superar las 200 kilocalorías. Esto se relaciona con la recomendación de repartir la energía necesaria a lo largo del día: el 25% en el desayuno (o bien, el 15% si es un desayuno ligero y se complementa con un 10% en el almuerzo), el 35% en la comida del mediodía, el 10% en la merienda y el 30% restante en la cena. La oferta de almuerzo de media mañana y merienda no debe proporcionar más del 10% del total de la energía diaria; 200 kilocalorías como máximo.

En cuanto a las kilocalorías que procedan de la grasa, estas no pueden superar el 35%, lo que se traduce en que el contenido máximo de grasas será de 7,8 gramos para una porción que no sobrepase las 200 kilocalorías.

En el caso de las grasas saturadas, las kilocalorías no pueden superar el 10%, con un máximo de 2,2 gramos para una porción limitada a 200 kilocalorías. Para azúcares añadidos o libres, el mismo porcentaje, el 10% como máximo de las kilocalorías con esta procedencia, lo que supone un máximo de 5 gramos de azúcares añadidos para una porción de 200 kilocalorías. Finalmente, la sal, el máximo debe ser 0,5 grados (0,2 gramos de sodio) para 200 kilocalorías.

LIMITA LOS PLATOS PRECOCINADOS A UNA RACIÓN AL MES

Bustinduy ha resaltado también que este real decreto va a limitar los platos precocinados a una ración al mes por lo que comidas como pizzas, empanadillas o frituras que sean precocinadas se podrán servir una vez al mes como máximo. Por otro lado, las frituras que se elaboren en el día (que no procedan de productos precocinados) podrán servirse una vez a la semana como máximo, indicándose que para elaborar estas frituras se use preferentemente aceite de oliva o aceite de girasol alto oleico.

La norma aprobada lleva el título de 'Real decreto por el que se establecen normas de desarrollo de la ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria, para el fomento de un alimentación saludable y sostenible en centros educativos' y desarrolla la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición del 2011, concretamente el artículo 40 en el que se hace mención expresa a medidas especiales dirigidas al ámbito escolar. Asimismo, el Real Decreto permite avanzar en el cumplimiento del Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Obesidad Infantil 2022-2030.

Preguntado por el índice de pobreza infantil en España que recoge la UE, el ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, ha lamentado que aunque la última Encuesta de Condiciones de Vida muestra una reducción de la desigualdad y la pobreza en España, también "refleja un enquistamiento de unos índices de pobreza infantil, que son estructurales y que son inaceptables para la cuarta economía de la zona euro".

Bustinduy ha asegurado que actuar sobre la garantía del derecho a la alimentación de los niños "de manera universal" tiene un impacto directo en las condiciones materiales de vida de esos niños, pero ha matizado que "hay que ir más allá" e incidir en la mejora de las políticas de conciliación en España.

"El tiempo disponible tiene un impacto directo sobre las condiciones de vida de los niños. Saben que también defendemos la adopción de una prestación universal por crianza, que es una medida que ha demostrado una capacidad de impacto en 17 países de la Unión Europea, extraordinariamente notable para la reducción de esas cifras de pobreza infantil", ha apuntado el ministro de Derechos Sociales.

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