La principal conclusión extraída de los datos de Eurocontrol es que la mayoría de los retrasos en los vuelos se generan por un efecto en cadena, es decir, la suma de unos pocos minutos de retraso en cada vuelo, debidos a distintas causas, es lo que hace que al final del día los retrasos sean de varias horas. Por esta razón, es más frecuente que un vuelo vaya con retraso al final del día que a primera hora de la mañana.
En primer lugar, Reclamio.com señala dos situaciones habituales que generan retrasos y en las que los pasajeros sí que tienen derecho a recibir una indemnización por parte de la aerolínea si se cumplen el resto de requisitos del Reglamento (CE) 261/2004. Esto es en caso de avería de un avión -ya que hay que reubicar a los pasajeros en vuelos posteriores o hacer que otro avión de la compañía supla el averiado causando retrasos- y en caso de huelga del personal de la aerolínea -que también causa retrasos-.
“Otra causa frecuente en verano es sobrepasar el límite de horas de vuelo de la tripulación, que son entre 10 y 12 horas. Debido a los retrasos acumulados a lo largo del día, la tripulación puede superar el máximo de horas diarias que puede volar, por lo que la aerolínea debe llamar a una tripulación de guardia para continuar con la operativa. Es evidente que en estos casos habrá un retraso que probablemente se arrastrará durante todo el día y en muchas ocasiones es culpa de la aerolínea por poner escalas muy cortas”, indica Noemí Fernández, gerente de Reclamio.com.
Por otro lado, desde Reclamio.com señalan que otra causa muy común de retraso en verano es el mal tiempo, debido a las fuertes tormentas que se generan, que reducen la capacidad del espacio aéreo y que, en casos extremos, pueden obligar a cerrar durante media hora o una hora el aeropuerto. “Aunque no sea obvio, el mal tiempo en un punto de Europa puede afectar de rebote a aviones que no tenían como origen o destino el lugar donde está la tormenta y que se tienen que desviar a otros espacios aéreos, saturándolos y creando un impacto importante en la operativa del resto del día”, añade Fernández. En caso de mal tiempo, dado que el retraso se debe a condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, no habría derecho a indemnización.
El mayor número de vuelos en verano es otra de las grandes causas de retraso, ya que el espacio aéreo tiene una capacidad máxima. “En el espacio aéreo solo cabe un número determinado de aviones y cuando en verano aumenta tanto el tráfico, este espacio se satura. Por ello, Eurocontrol debe poner ‘slots’ -horas de salida muy específicas- a los aviones para organizar la operativa, generando retrasos”, señala Fernández. Además, la falta de controladores aéreos también reduce la capacidad del espacio aéreo.
El mayor número de viajeros que hace que los embarques sean más lentos y que, en ocasiones, hace perder el ‘slot’ asignado al vuelo, también puede generar demoras importantes en los vuelos.
Por último, Reclamio.com señala la capacidad máxima de los aeropuertos. En los grandes aeródromos de España puede aterrizar un máximo de 1 o 2 vuelos cada minuto y, en el resto 1 vuelo cada 5 o 10 minutos. “En verano es habitual que haya más tráfico programado del que puede asumir el aeropuerto y que haya esperas en las pistas y calles de rodaje. En los momentos de más tráfico, hasta que no hayan aterrizado los aviones previstos que estaban esperando en el aire, las salidas tendrán que esperar e incluso Eurocontrol establecerá ‘slots’ para las salidas”, indica Fernández.
Desde Reclamio.com hacen hincapié en que para recibir una indemnización es importante distinguir el motivo del retraso, para saber si es una causa ordinaria -imputable a la aerolínea- o extraordinaria. “Hay algunas compañías aéreas que, incluso cuando saben que se trata de una causa ordinaria, alegan que es una causa extraordinaria para retrasar el pago de las indemnizaciones y para generar inseguridades en el consumidor, que dejará de estar seguro de si legalmente le pertenece o no una indemnización”, concluye Fernández.
Cuándo un pasajero puede reclamar
Reclamio.com, especializada en gestionar las reclamaciones de los pasajeros aéreos, ha recopilado las condiciones que se deben cumplir para que un pasajero tenga derecho a una indemnización económica, según el Reglamento (CE) 261/2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de vuelos.
Tiempo de demora: El pasajero debe llegar a su destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por la compañía aérea. Por tanto, “no importa a qué hora tenía que salir el primer vuelo, sino a qué hora tenía que llegar el pasajero a su destino final. Esto significa que si el cliente tenía una escala muy larga en mitad de su viaje que se ve acortada por el retraso, pero que no implica llegar tarde al destino final, no se tendrá derecho a indemnización económica”, indica Noemí Fernández, gerente de Reclamio.com.
Cantidad de la indemnización: El Reglamento (CE) 261/2004 fija tres sumas de indemnización en función del trayecto del vuelo:
- En vuelos de hasta 1.500km de distancia: 250€
- En vuelos de entre 1.500km y 3.000km de distancia: 400€
- En vuelos de más de 3.000km de distancia: 600€
Excepciones: El Reglamento indica una excepción y es el hecho de que la aerolínea pueda demostrar que el retraso de más de 3 horas ha sido provocado por una causa extraordinaria y que ha hecho todo lo posible por evitar el retraso. Estas causas extraordinarias están tasadas y son las siguientes:
- Inestabilidad política en el país de origen o de destino del vuelo.
- Condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo.
- Riesgos para la seguridad.
- Deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo.
Huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo. En este punto, Reclamio.com hace hincapié en que no se consideraría causa extraordinaria una huelga del propio personal de la aerolínea. En este caso, sí que existiría derecho a indemnización.
“Muchos pasajeros desconocen que la denegación de embarque, la cancelación o el retraso de los vuelos pueden dar derecho a recibir una indemnización de hasta 600€ por el perjuicio ocasionado si el motivo de la incidencia es imputable a la compañía, tal y como recoge la normativa europea. Además de esta indemnización, tienen derecho a obtener una solución ante la incidencia, por ejemplo, con billetes en otro vuelo”, señala Fernández.
El pasajero dispone de hasta 5 años para intentar reclamar él mismo ante la aerolínea o para tramitar la incidencia a través de Reclamio.com, empresa especializada en gestionar las reclamaciones de los pasajeros aéreos.